Sunan Renewables

Compliance

POLÍTICA DE COMPLIANCE

1. INTRODUCCIÓN
Sunan Renewables S.L. (en adelante, “Sunan” o “la Empresa”) es una compañía dedicada al desarrollo de proyectos de energías renovables, ingeniería/EPC y operación y mantenimiento de instalaciones energéticas. Con un modelo de negocio basado en la sostenibilidad, la innovación y la integridad, Sunan declara su firme compromiso con el cumplimiento normativo, la ética empresarial y la prevención de cualquier forma de corrupción, fraude o actividad ilícita.

La presente Política de Cumplimiento Normativo, Anticorrupción y Prevención de Delitos (en adelante, “la Política”) establece los principios, normas y procedimientos que rigen la conducta de todos los miembros de la organización, así como de cualquier tercero que actúe en nombre de Sunan.

 

2. FINALIDAD DE LA POLÍTICA
La Política tiene como objetivo:

  • Establecer un marco claro para prevenir, detectar y gestionar riesgos penales, especialmente los recogidos en el artículo 31 bis del Código Penal español.
  • Garantizar el cumplimiento de la legislación aplicable en materia de anticorrupción, defensa de la competencia, integridad corporativa y buenas prácticas empresariales.
  • Consolidar una cultura de “tolerancia cero” frente a cualquier forma de soborno, corrupción, fraude o irregularidad interna.
  • Proteger a la organización, sus empleados, socios de negocio y grupos de interés mediante mecanismos eficaces de control, supervisión y reporte.

 

3. ÁMBITO DE APLICACIÓN
Esta Política es de aplicación a:

  • Todos los administradores, directivos y empleados de Sunan.
  • Todos los colaboradores externos, consultores, agentes, contratistas y proveedores que trabajen en nombre de la Empresa.
  • Todas las actividades desarrolladas por Sunan, incluyendo:
    o Desarrollo de proyectos renovables.
    o Ingeniería y ejecución de proyectos (EPC).
    o Operación y mantenimiento de instalaciones energéticas.

 

El cumplimiento de esta Política es obligatorio sin excepción.

 

4. PRINCIPIOS DE ACTUACIÓN
Sunan adopta los siguientes principios rectores en materia de cumplimiento y prevención de delitos:

  1. Cumplimiento normativo estricto: todas las actividades se realizarán conforme a la legislación vigente nacional e internacional.
  2. Tolerancia cero frente a la corrupción: Sunan prohíbe cualquier forma de soborno, pago de facilitación, comisión ilícita o ventaja indebida.
  3. Integridad y transparencia: todas las decisiones deben ser adoptadas de forma ética, profesional y objetiva.
  4. Debida diligencia: se aplicarán controles reforzados en la selección y supervisión de socios de negocio y terceros.
  5. Confidencialidad y protección del informante: se garantizará la protección de personas que informen de buena fe sobre comportamientos irregulares.
  6. Mejora continua: se revisará y actualizará periódicamente el Sistema de Cumplimiento.


5. PROHIBICIONES EXPRESAS
Queda terminantemente prohibido:

  • Ofrecer, prometer, solicitar o aceptar sobornos o cualquier forma de pago indebido.
  • Realizar pagos de facilitación a funcionarios públicos o privados.
  • Ofrecer o aceptar regalos o atenciones que puedan influir en decisiones empresariales.
  • Realizar contribuciones políticas en nombre de Sunan.
  • Financiar ilegítimamente patrocinios, donaciones o acciones sociales con el fin de obtener un trato de favor.
  • Participar en acuerdos anticompetitivos, intercambios de información sensible o prácticas colusorias.
  • Utilizar información privilegiada o aprovechar relaciones comerciales de la Empresa para beneficio propio.

 

6. SISTEMA DE CUMPLIMIENTO Y RESPONSABILIDADES
6.1. RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO (RCC)
Sunan designará un Responsable de Cumplimiento con autonomía, independencia y acceso directo a la Dirección. Sus funciones principales incluyen:

  • Implantar y supervisar el Sistema de Cumplimiento.
  • Identificar y evaluar los riesgos de cumplimiento aplicables.
  • Realizar formaciones periódicas.
  • Gestionar el canal ético y tramitar denuncias.
  • Reportar periódicamente al Órgano de Administración.

 

6.2. ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN
El Órgano de Administración es responsable de:

  • Aprobar la presente Política y sus modificaciones.
  • Dotar al RCC de los recursos necesarios.
  • Supervisar la eficacia del Sistema de Cumplimiento.
  • Promover la cultura ética en toda la organización.

 

6.3. EMPLEADOS Y COLABORADORES
Todos los empleados deberán:

  • Cumplir íntegramente esta Política.
  • Participar en las formaciones de cumplimiento.
  • Comunicar inmediatamente cualquier irregularidad.
  • Cooperar con el RCC y con las investigaciones internas.

 

7. RELACIÓN CON TERCEROS Y DEBIDA DILIGENCIA
Sunan aplicará procedimientos de debida diligencia proporcional al riesgo asociado a:

  • Proveedores.
  • Subcontratistas.
  • Consultores y agentes intermediarios.
  • Socios en proyectos.


No se establecerán relaciones comerciales cuando existan indicios fundados de actividad corrupta o incumplimiento normativo.

 

8. REGISTROS CONTABLES Y CONTROLES FINANCIEROS
Sunan mantendrá libros y registros contables precisos, transparentes y verificables. Está prohibido:

  • Emitir facturas falsas o incompletas.
  • Manipular registros contables.
  • Omitir información relevante.

 

Los controles internos incluirán:

  • Revisión periódica de gastos.
  • Verificación de contraprestaciones.
  • Segregación de funciones.

 

9. FORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
Todos los empleados recibirán formación periódica sobre:

  • Cumplimiento normativo.
  • Prevención del soborno y la corrupción.
  • Identificación de riesgos.
  • Procedimientos internos.

 

10. CANAL ÉTICO Y PROTECCIÓN DEL INFORMANTE
Sunan dispondrá de un Canal Ético confidencial, accesible a empleados y terceros, que permite comunicar:

  • Irregularidades.
  • Sospechas razonables de infracciones.
  • Prácticas contrarias a esta Política.

 

Se garantiza:

  • Confidencialidad de la identidad del informante.
  • Ausencia total de represalias.
  • Gestión independiente por parte del RCC.

 

11. INVESTIGACIÓN INTERNA Y MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Cuando se detecte un posible incumplimiento:

  1. El RCC abrirá un expediente interno.
  2. Se adoptarán medidas cautelares si fuera necesario.
  3. Se documentará la investigación.
  4. El Órgano de Administración aprobará las acciones correspondientes.

 

Las medidas disciplinarias pueden incluir:

  • Amonestación.
  • Suspensión.
  • Extinción de la relación laboral.
  • Finalización de contratos con terceros.
  • Comunicación a las autoridades competentes.

 

12. REVISIÓN Y MEJORA CONTINUA
La presente Política se revisará como mínimo una vez al año o cuando:

  • Existan cambios relevantes en la normativa.
  • Se detecten deficiencias en su aplicación.
  • Se produzcan modificaciones significativas en la actividad de la Empresa.

 

13. APROBACIÓN Y ENTRADA EN VIGOR
La Política ha sido aprobada por el Órgano de Administración de SUNAN RENEWABLES S.L. y entra en vigor a partir de la fecha de su publicación.
Fecha de aprobación: 04/12/2025
Órgano de Administración Sunan Renewables S.L.

 

CÓDIGO ÉTICO

1. INTRODUCCIÓN
El Código Ético de Sunan Renewables S.L. (en adelante, “Sunan” o “la Empresa”) establece los principios y valores que inspiran la actuación de todos los miembros de la organización. Representa el compromiso firme de Sunan con la integridad, la sostenibilidad y la conducta profesional responsable en todas sus operaciones.
Este Código es de aplicación obligatoria y complementa la Política de Cumplimiento Normativo, Anticorrupción y Prevención de Delitos de la Empresa.

 

2. VALORES CORPORATIVOS
Los valores de Sunan constituyen la base de su cultura organizativa:

  • Integridad: actuar con honestidad, respeto y transparencia.
  • Responsabilidad: asumir las consecuencias de nuestras decisiones y garantizar prácticas responsables.
  • Sostenibilidad: promover prácticas y soluciones que contribuyan a un futuro energético limpio.
  • Innovación: fomentar la creatividad y la mejora continua.
  • Respeto por las personas: garantizar un entorno seguro, inclusivo y diverso.

 

3. CONDUCTA PROFESIONAL
Todos los empleados y colaboradores deben:

  • Realizar sus funciones con profesionalidad, diligencia y buena fe.
  • Respetar la normativa interna y externa aplicable.
  • Evitar situaciones que puedan perjudicar a Sunan o afectar su reputación.
  • Actuar con imparcialidad y objetividad en la toma de decisiones.

 

4. CONFLICTOS DE INTERÉS
Deben evitarse situaciones donde los intereses personales puedan interferir con los de Sunan. Ejemplos de conflicto de interés:

  • Participar en decisiones que afecten a empresas con las que se tengan vínculos personales.
  • Aceptar regalos o invitaciones que puedan influir en la objetividad profesional.
  • Utilizar recursos de la Empresa para fines personales.

 

Los empleados tienen la obligación de comunicar cualquier posible conflicto al Responsable de Cumplimiento.

 

5. PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN Y EL SOBORNO
Sunan mantiene una política de tolerancia cero frente a cualquier forma de corrupción, soborno o práctica irregular. Está prohibido:

  • Ofrecer o aceptar pagos indebidos, ventajas injustificadas, comisiones ocultas o sobornos.
  • Realizar pagos de facilitación.
  • Utilizar regalos, viajes o atenciones para influir en decisiones de negocio.

 

Cualquier conducta sospechosa debe ser reportada al Canal Ético.

 

6. PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE
Como empresa dedicada a las energías renovables, Sunan asume un compromiso firme con la protección del entorno. Todos los miembros de la organización deben:

  • Minimizar el impacto ambiental de sus actividades.
  • Cumplir la normativa ambiental aplicable.
  • Promover prácticas de eficiencia energética y gestión responsable de recursos.

 

7. SEGURIDAD Y SALUD LABORAL
Sunan garantiza un entorno de trabajo seguro y saludable. Para ello:

  • Se adoptan medidas preventivas acordes a los riesgos del sector.
  • Se promueve la formación continua en seguridad.
  • Está prohibido trabajar bajo los efectos de alcohol o drogas.
  • Se deben reportar de inmediato incidentes o situaciones peligrosas.

8. TRATO JUSTO, IGUALDAD Y DIVERSIDAD
Sunan fomenta un entorno inclusivo, diverso y respetuoso. Está prohibida cualquier forma de:

  • Discriminación por motivos de género, raza, edad, religión, identidad u orientación sexual.
  • Acoso laboral, sexual o cualquier conducta que genere un entorno hostil.
  • Represalia contra empleados que reporten irregularidades de buena fe.

 

9. PROTECCIÓN DE DATOS Y CONFIDENCIALIDAD
Los empleados y colaboradores deben:

  • Proteger la información confidencial de Sunan, sus clientes y socios.
  • Cumplir con la normativa de protección de datos.
  • Evitar el acceso, tratamiento o divulgación no autorizada de información.


10. USO ADECUADO DE LOS RECURSOS
Los recursos de Sunan deben emplearse exclusivamente para fines profesionales. Esto incluye:

  • Equipos informáticos.
  • Instalaciones y herramientas técnicas.
  • Información corporativa.
  • Vehículos de empresa.

 

Queda prohibido usar recursos de la Empresa para actividades personales, ilícitas o que puedan perjudicar la imagen corporativa.

 

11. CONDUCTA CON TERCEROS
En las relaciones con clientes, proveedores, socios y administraciones públicas:

  • Debe prevalecer la transparencia y la honestidad.
  • Se aplicarán criterios objetivos y técnicos en los procesos de selección.
  • No se colaborará con terceros que incurran en prácticas ilícitas.

 

12. CANAL ÉTICO
Sunan dispone de un Canal Ético accesible a empleados y terceros para reportar:

  • Conductas contrarias al Código Ético.
  • Sospechas de irregularidades.
  • Incumplimientos legales o normativos.

 

El Canal garantiza:

  • Confidencialidad.
  • No represalias.
  • Investigación independiente.

 

13. CUMPLIMIENTO Y SANCIONES
El incumplimiento de este Código puede conllevar:

  • Medidas disciplinarias.
  • Rescisión de la relación contractual.
  • Comunicación a las autoridades competentes.

 

14. APROBACIÓN Y ACTUALIZACIÓN
El Código Ético será revisado periódicamente y actualizado cuando sea necesario. Ha sido aprobado por el Órgano de Administración de Sunan Renewables S.L.
Fecha de aprobación: 04/12/2025
Órgano de Administración Sunan Renewables S.L.